¿Se amplía el plazo para interponer el recurso de apelación en contra de la sentencia, en materia contenciosa administrativa, cuando la contraparte solicita aclaración de la sentencia?

En derecho administrativo contra la sentencia procede el recurso de apelación, no obstante también se podrá solicitar aclaración o complementación de la sentencia; para interponer la apelación la parte debe dentro del término de diez días siguientes a la notificación, sustentar y presentar ante la autoridad judicial que profirió la sentencia el recurso. Dentro de este término también se podrá solicitar aclaración o complementación.
Además, si se interpone aclaración dentro del término de ejecutoria, la sentencia no quedará ejecutoriada hasta tanto se resuelva dicha solicitud, de acuerdo con lo señalado en el inciso segundo del artículo 302 del código general del proceso.
Entonces, si se amplía el término para apelar hasta tanto no se resuelva la solicitud de aclaración o complementación. Si el auto que aclara o complementa se notifica por estado se tienen tres días siguientes a la notificación para interponer el recurso.

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