Empezar una pequeña empresa. Fiscalmente es mejor hacerlo como persona natural

Algunos emprendedores desarrollan empresa mediante la constitución de una sociedad (persona jurídica) con el fin de tener una mejor organización y separación de su patrimonio y operaciones personales de las empresariales; sin embargo, existen otros que le dan prioridad a la optimización de la carga tributaria y evalúan fiscalmente las dos opciones.
La empresa entendida como toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios conforme lo señala el artículo 25 del Código de Comercio puede ser desarrollada por una persona natural o jurídica, no obstante éstos contribuyentes deberán tributar en forma diferente.
Las personas naturales están sometidas a la tabla de tarifas progresivas del impuesto sobre la renta del artículo 241 del Estatuto Tributario donde a mayor base gravable mayor será el impuesto, además de que no son contribuyentes del nuevo impuesto sobre la renta para la equidad.
Diferente es la situación fiscal para las sociedades personas jurídicas que están sometidas a la tarifa proporcional del impuesto sobre la renta del artículo 240 ibídem y al nuevo impuesto del CREE.

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