Evítese sanciones. Los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura no pasan media

Los gestores judiciales deben ser leales con sus colegas y, en caso de observar que el proceso está siendo adelantado por otro abogado, están obligados a indicarle a su cliente la imposibilidad de aceptar el mandato hasta tanto no se expida paz y salvo. Adicionalmente, antes de aceptar el mandato y continuar con la representación judicial, el abogado debe cerciorarse de que los honorarios le sean cancelados a su anterior colega.
Según lo establecen los numerales 2° y 4° del artículo 36 del Código Disciplinario del Abogado (Ley 1123 del 2007), son faltas a la lealtad y honradez aceptar una gestión encomendada a otro profesional del derecho, sin que medie renuncia, paz y salvo o autorización, así como retardar el pago de honorarios debidos a otro colega.
Tengamos en cuenta que el cliente no es profesional del derecho y, así, puede que no tenga claridad acerca, verbigracia, de la obligatoriedad del paz y salvo, por tanto, es deber del nuevo representante de la causa ponerle en conocimiento la necesidad del pago de honorarios.
Aceptar una gestión sin el paz y salvo del apoderado anterior puede hacerlo acreedor a una sanción de suspensión de seis meses en el ejercicio de la profesión.

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