¿Para qué las Hijuelas de Deudas?

Se puede definir la hijuela de deudas como una porción de los bienes del causante que se dispone con el objetivo de cubrir las deudas que este tenía; de conformidad con lo señalado en el artículo 1343 del código civil el albacea en la partición es obligado a exigir que se conforme la hijuela para cubrir las deudas y dicho artículo señala lo siguiente:
“Sea que el testador haya encomendado o no al albacea el pago de sus deudas, será éste obligado a exigir que en la partición de los bienes se señale un lote o hijuela suficiente para cubrir las deudas conocidas”.
Es obligación del partido de los bienes de la sucesión, fijar la hijuela de deudas; aunque estas no se hayan dispuesto por el testador, o no haya sido requerido por el albacea o por los herederos.
Si el partidor no cumple con esta obligación será responsable de todo perjuicio respecto a los acreedores; ya que la hijuela de deudas tiene como fin fundamental garantizar que a los acreedores del causante les sean saldadas las deudas con los bienes de la herencia, por ende el partidor debe velar por cumplir esta exigencia, a menos que quiera responder él ante los acreedores del causante.
Ejecutoriada la sentencia que aprueba la partición, dentro de los cinco días siguientes podrán los acreedores solicitar el remate de los bienes señalados para el pago de las deudas, o dentro de los cinco días siguientes a la notificación del auto que ordena obedecer lo resuelto por el superior, cuando es apelada.

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