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Nada tiene que ver la Asignación Modal con la Propiedad Fiduciaria

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La propiedad fiduciaria se puede constituir por acto entre vivos o a través de un testamento; las asignaciones modales son una figura propia de las sucesiones testadas, para cuando lo que el testador quiere es dejarle un bien suyo a una persona con la carga de utilizarlo en un fin específico. Si el objetivo del testador es que el bien se encuentre en cabeza de alguien hasta que otra persona cumpla con cierta condición para convertirse en pleno dueño, lo que se debe constituir es una propiedad fiduciaria. La diferencia en las dos figuras radica, por ejemplo, que en la asignación modal lo que se debe ejecutar es el modo encomendado por el testador, verbigracia, dejo mi casa a Lucía para que la utilice como hogar de habitantes de calle, mientras que en la propiedad fiduciaria el fiduciario solo debe administrar el bien hasta que sea necesario efectuar la restitución al fideicomisario quien para obtener la propiedad debe haber cumplido con la condición. En la asignación modal sino ...

Beneficio de Exclusión y División en la Pluralidad de Fiadores

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Recordemos que cuando se exige el cumplimiento de la obligación al deudor y este no la cumple, el fiador que es reconvenido puede solicitar el beneficio de excusión en cuyo caso se buscará perseguir la deuda en los bienes del deudor, de conformidad con lo señalado en el artículo 2383 del código civil el cual establece lo siguiente: “El fiador reconvenido goza del beneficio d e excusión, en virtud del cual podrá exigir que antes de proceder contra él se persiga la deuda en los bienes de deudor principal, y en las hipotecas o prendas prestadas por éste para la seguridad de la misma deuda”. Cuando hay pluralidad de fiadores, a parte del beneficio de exclusión, existe otro beneficio denominado de división; este consiste en que, cuando hay dos o más fiadores de una misma obligación si estos no se obligaron solidariamente la deuda se entenderá dividida en partes iguales, lo anterior significa que el acreedor no podrá exigir de uno solo el pago total sino la cuota que le quepa.

¿Para qué las Hijuelas de Deudas?

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Se puede definir la hijuela de deudas como una porción de los bienes del causante que se dispone con el objetivo de cubrir las deudas que este tenía; de conformidad con lo señalado en el artículo 1343 del código civil el albacea en la partición es obligado a exigir que se conforme la hijuela para cubrir las deudas y dicho artículo señala lo siguiente: “Sea que el testador haya encomendado o no al albace a el pago de sus deudas, será éste obligado a exigir que en la partición de los bienes se señale un lote o hijuela suficiente para cubrir las deudas conocidas”. Es obligación del partido de los bienes de la sucesión, fijar la hijuela de deudas; aunque estas no se hayan dispuesto por el testador, o no haya sido requerido por el albacea o por los herederos. Si el partidor no cumple con esta obligación será responsable de todo perjuicio respecto a los acreedores; ya que la hijuela de deudas tiene como fin fundamental garantizar que a los acreedores del causante les sean saldadas ...

La Compraventa se convierte en Donación cuando su precio es irrisorio

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Acorde con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), la oferta pública de precios es vinculante para el productor y/o proveedor. No puede ser considerado como un error de hecho dirimente del consentimiento la errónea fijación pública de precios, ya que lo buscado por las normas pertinentes no es ir en desmedro de terceros de bue na fe y retrotraer efectos jurídicos cuando uno de los contratantes comete errores de conducta, más aun cuando el sujeto obligado es un comerciante que actúa de manera habitual y profesional en el mercado, debiendo asumir los riesgos propios de su profesión. Teniendo en cuenta que el error en la fijación de la oferta pública de precios podría afectar el elemento esencial del precio en la compraventa, como cuando este es irrisorio y, por ende, no pactado, conforme a lo previsto en el artículo 920 del Código de Comercio, podría en este evento predicarse un error de hecho dirimente que atenta contra la especie del acto o ...