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No toda propiedad horizontal debe tener consejo de administración

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No todos los conjuntos o edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal están obligados a conformar un consejo de administración. Según se interpreta de la lectura del artículo 53 de la Ley 675 del 2001, están obligados a constituir un consejo de administración los conjuntos o edificios comerciales o mixtos que estén conformados por más de 30 bienes privados, sin contar con parqueaderos y depósitos. Aquellos conjuntos o edificio con destinación comercial o mixto que tengan 30 o menos bienes privados sin incluir parqueaderos y depósitos, les será potestativo la conformación del consejo de administración. De la lectura de la norma referida, no se evidencia la obligación de los conjuntos o edificios residenciales de constituir un consejo de administración, cualquiera que sea el número de bienes privados que lo conformen. De forma expresa dice el artículo 50 de la Ley 675 del 2001: Para edificios o conjuntos de uso residencial, integrados por más de treinta (30) bie...

Requisitos mínimos para constituir una Propiedad Horizontal

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Propiedad horizontal, según la definición que no dice Wikipedia: Es una institución jurídica que hace alusión al conjunto de normas que regulan la división y organización de diversos inmuebles, como resultado de la segregación de un edificio o de un terreno en común. Si quieres saber cuales son los paso a seguir para constituir una propiedad horizontal, en este articulo podrás encontrar lo que se necesita para poder constituir una propiedad horizontal. Según lo que nos informa la Ley 675 de 2001, en su capitulo 2, art.4: Constitución. Un edificio o conjunto se somete al régimen de propiedad horizontal mediante escritura pública en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Realizada esta inscripción, surge la persona jurídica a que se refiere esta ley. Art.5. Contenido de la escritura o reglamento de propiedad horizontal. La escritura pública que contiene el reglamento de propiedad horizontal deberá incluir como mínimo: 1. El nombre e identificación del propietario. 2. ...