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Mostrando las entradas con la etiqueta Ministerio de Trabajo

La viveza a la hora de aplicar la fórmula que propone el ministerio de trabajo para pagar la prima de servicios a los trabajadores domésticos

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De acuerdo con la ley, antes del próximo 30 de junio los empleadores deben cancelar a sus trabajadores la prima semestral de servicios, cuyo valor es el equivalente al 50% del salario promedio mensual devengado por el trabajador durante el respectivo semestre. La liquidación de esta prestación social no ofrece mayores dificultades en los casos en que el trabajador labora todos los días hábiles del mes, pues para ello basta con establecer el salario promedio mensual devengado por el trabajador en el semestre, multiplicarlo por los días del período a liquidar y el resultado dividirlo entre 360 que son los días del año. La situación se complica un poco en los casos en que el trabajador no labora el semestre completo, al igual que cuando labora apenas unos días de la semana. La fórmula a aplicar es: P = s x t / 360 Donde “P” es prima semestral, “s” es salario promedio mensual, “t” es el número de días del período a liquidar y 360 el número de días del año. Un ejemplo: Entre el 1...

Vacaciones: Sábados como días hábiles, trabajadores ocasionales

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Por expresa disposición del artículo 186 del código sustantivo del trabajo, las vacaciones son 15 días hábiles consecutivos. Las vacaciones serán los 15 días hábiles más los domingos y festivos correspondientes al periodo en el que el trabajador se encentre disfrutando de ellas. La ley laboral Colombiana no ha sido precisa en definir si el día sábado se considera día hábil o no para efectos de computar las vacaciones. Por regla general se entiende que los días hábiles son de lunes a sábados; para la legislación laboral, el sábado indiscutiblemente es día hábil, es decir, los días inhábiles, están expresamente señalados por la ley (domingos y festivos). Si la empresa ha establecido el día sábado como día de trabajo, este se debe considerar día hábil, pero si la empresa ha establecido que el día sábado no se trabaja, es para la empresa y para el trabajador un día inhábil, no laborable. Otro tema es que en algunos trabajos, los trabajadores laboran algunos días al mes. ¿Cómo se ...