Nuevas condiciones para obtener la licencia de conducción en Colombia. ¿Cuáles son?

El Ministerio de Transporte expidió una nueva norma para regular lo referente a la expedición de la licencia de conducción, la cual estará condicionada al resultado de una prueba.
La Resolución 1349 del 2017 señala que quienes deseen recategorizar u obtener por primera vez dicho documento deberán presentar un examen teórico y otro práctico en un centro de apoyo logístico de evaluación (Cale), los cuales serán creados y habilitados para tal fin.
Según explica el ministerio en un comunicado del día 12 de mayo de 2017, luego de inscribirse en el RUNT, realizar el curso de formación y de contar con la debida certificación de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir, todo aspirante a licencia se deberá inscribir de manera digital en cada Cale para acudir, en primer lugar a la prueba teórica.
La prueba teórica consistirá en 30 preguntas sobre conocimientos de las normas de tránsito y la forma como debe desenvolverse en diferentes situaciones. El cuestionario será definido en cada oportunidad de manera aleatoria de un banco de preguntas preestablecidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Una vez aprobado el examen teórico, el aspirante debe acudir al mismo centro para realizar la prueba práctica en la cual deberá demostrar ante un evaluador su destreza en el manejo de un vehículo y su capacidad de desenvolvimiento en una situación normal de tráfico. Se establecerán pistas cerradas en las categorías de motocicletas y vehículos pequeños (categorías A1, B1 y C1) y las categorías superiores tendrán la opción de hacerla en pistas o simuladores; para lo segundo, el aspirante será evaluado en la calle.
Por otra parte, la resolución fija un rango tarifario de acuerdo a la categoría de la licencia a la que se aspira a acceder de acuerdo a la siguiente tabla definida por la cartera de transporte.
Las tarifas para las pruebas teórico-prácticas de conductores se establecen en salarios mínimos legales diarios vigentes para cada tipo de categoría de licencia así:
A1-A2 de 6.29 a 8.08 SMLDV
B1 de 6.42 a 8.25 SMLDV
C1 de 6.45 a 8.25 SMLDV
B2-C2 de 7.27 a 9.31 SMLDV
B3-C3 de 8.69 a 10.79 SMLDV
La regulación comenzará a regir en un plazo de 12 meses, con el fin de que la Agencia Nacional de Seguridad Vial desarrolle la plataforma de realización del examen teórico y los aspirantes a habilitarse como Cale cumplan las condiciones de personal, equipos e instalaciones exigidas, para la realización de los exámenes teórico y práctico de conducción.
Esta es la segunda norma expedida este año sobre el tema, pues se debe recordar la Resolución 1208 del 2017, con la cual se ajustan las tarifas que cobran los centros de enseñanza.

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