¿Cómo se calculan los intereses sobre cesantías proporcionales?

Los intereses sobre cesantías corresponden al 12% anual, y se aplica sobre el saldo acumulado de las cesantías al 31 de diciembre del respectivo año, o en la fecha en que se liquiden definitivamente por terminación del contrato de trabajo, y cuando las cesantías acumuladas no corresponden al año completo de servicios del empleado, se debe determinar la respectiva proporción.
Como el 12% de intereses es anual, es decir, cuando las cesantías sobre las cuales se liquidan los intereses corresponden a un año de trabajo, de manera que si esas cesantías corresponden a menos de un año, no se puede aplicar el 12%, sino la proporción en función del número de días a las que corresponden las cesantías que generan intereses.
Se puede usar cualquiera de las siguientes dos fórmulas para calcular los intereses sobre cesantías:
• (Cesantías x días trabajados x 12%)/360
• Cesantías x (12 % x días trabajados)/360)

La clave está en el 12% (x0,12), que cuando no es un año completo se debe determinar la proporción del interés que corresponde al tiempo de permanencia de las cesantías, por la sencilla razón que si las cesantías solo corresponden a los meses julio - diciembre, no se debe aplicar el mismo porcentaje de intereses como si correspondieran a un año completo.

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